- La convocatoria está dotada con 974.268 euros y abarca también el sacrificio obligatorio por otras dolencias como la tuberculosis, la brucelosis, la leucose o la lengua azul en el ganado vacuno, ovino y cabrún
- Asimismo, se contemplan las diferentes encefalopatías espongiformes transmisibles, la gripe aviar o las pestes clásica y africana en el ganado porcino, junto con la muerte por la vacunación de lengua azul en el caso de reacciones adversas a la vacuna
- El plazo para la presentación de las solicitudes y, si es el caso, de la correspondiente documentación complementaria, se abrirá desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el DOG y hasta el próximo 29 de noviembre de 2024
Santiago de Compostela, 10 de enero de 2024.- El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica hoy la orden de la Consellería de Medio Rural que regula la concesión de indemnizaciones por el sacrificio obligatorio de animales en ejecución de programas y #actuación oficiales de vigilancia, control y erradicación de sus enfermedades, y por la que se convocan estas aportaciones para el año 2024.
La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 974.268 euros y abarca el ganado sacrificado o muerto por diferentes dolencias, entre ellas la causa de la Enfermedad Hemorráxica Epizoótica (EHE), trala declaración oficial del primero foco de esta dolencia por parte de la autoridad competente en sanidad animal. En este sentido, hace falta recordar que estas compensaciones cubrirán, con carácter retroactivo desde septiembre pasado -mes de la llegada de la enfermedad a Galicia-, todas las muertes de reses que se constate que fueron causadas por esta dolencia.
Del mismo modo, incluye también las muertes por posibles reacciones adversas frente a vacuna de la lengua azul, en el marco de la campaña de vacunación frente a te eres enfermedad. Otras dolencias a las que hace referencia a orden son la tuberculosis, la brucelosis, la leucose o la lengua azul en el ganado vacuno, ovino y cabrún, así como las diferentes encefalopatías espongiformes transmisibles. Del mismo modo, también se incluyen la salmonella -en el caso de aves reproductoras o poñedoras-, la gripe aviar o las pestes clásica o africana, en el que alcanza al ganado porcino.
Explotaciones inscritas en el registro general
Entre los requisitos que se exigen para acceder la estas compensaciones están lo de que las explotaciones afectadas estén correctamente inscritas en el registro general de explotaciones ganaderas (RIEGA). Las cuantías de las indemnizaciones serán las que estén en vigor en cada momento, según los baremos o precios oficiales aprobados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y publicados en el Boletín Oficial del Estado.
El plazo para la presentación de las solicitudes y, si es el caso, de la correspondiente documentación complementaria, se abrirá desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el DOG y hasta el próximo 29 de noviembre de 2024.
Enlace a la orden en el DOG:
https://www.xunta.gal/dog/publicados/2024/20240110/AnuncioG0426-141223-0001_gl.html