- El Diario Oficial de Galicia publica hoy su respectiva orden de la Consellería de Medio Rural con las bases reguladoras y la convocatoria de estas subvenciones
- Las aportaciones para recuperación de castañares están dotadas con un presupuesto de 500.000 euros, destinados a compensar los daños causados por los incendios registrados en el mes de julio de 2022 y su gestión podrá hacerse a través de una entidad colaboradora
- En las ayudas para el sector apícola, la dotación es de 250.000 euros y los fondos se destinarán a paliar las pérdidas de producción de aquellas explotaciones de ayuntamientos donde se registraron grandes fuegos en 2022, con más de mil hectáreas afectadas
Santiago de Compostela, 26 de mayo de 2023.- El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica hoy su respectiva orden de la Consellería de Medio Rural por las que se convocan ayudas para la recuperación de zonas de castaños y para paliar las pérdidas de producción de las explotaciones apícolas en ayuntamientos afectados por los incendios forestales que se produjeron en Galicia el año pasado, por un importe total de 750.000 euros.
En concreto, las aportaciones para recuperación de castañares están dotadas con un presupuesto de 500.000 euros, que irán destinados a compensar los daños causados por los incendios registrados en el mes de julio de 2022. La solicitud de esta subvención y los trámites administrativos posteriores pueden hacerse por medio de una entidad colaboradora que, a su vez, también realizará los trabajos de campo y las obras necesarias para la ejecución de las acciones subvencionables.
En el caso de las subvenciones para el sector apícola, la dotación es de 250.000 euros y los fondos se destinarán a paliar las pérdidas de producción de aquellas explotaciones localizadas en los ayuntamientos donde se registraron grandes fuegos forestales durante el año 2022, con más de mil hectáreas afectadas.
Ayudas para recuperación de castañares
En el que alcanza a las ayudas para recuperación de castañares, se abren tres líneas de financiación. En primer lugar, de aportaciones para tala, recogida y estelado o retirada de pies de árboles dañados por el fuego, desbroce del castañar y plantación de nuevos pies de castaños en relevo de los ejemplares dañados.
En segundo término, otra línea se destina a la reparación de los daños causados por los incendios en las pistas forestales límites o interiores, así como nos cerramientos de los castañares. En tercero lugar, se establecen ayudas para la reparación de los daños en los equipamientos inmobiliarios auxiliares de la explotación del castañar para castaña. En estas dos últimas líneas, su petición está condicionada la que se solicite la primera opción de las ayudas (tala, desbroce y plantación).
Los beneficiarios de estas subvenciones serán los titulares, arrendatarios o personas que tengan un derecho de explotación y/o gestión de los castañares, quedando excluidas las administraciones o entidades del sector público. También podrán obtener estas ayudas aquellas personas cuyas propuestas para el aprovechamiento de parcelas incorporadas a instrumentos de la Ley de recuperación de la tierra agraria de Galicia resulten seleccionadas, segundo el establecido en esta norma. El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes contado desde 40 días hábiles siguientes a la jornada de hoy, fecha de la publicación de esta convocatoria en el DOG.
En esta orden también se fijan las bases para la selección de entidades colaboradoras participantes en la gestión de estas ayudas. Así, se establece que podrán tener tal condición las entidades privadas con personalidad jurídica y los empresarios individuales, y que ambos estén inscritos en el Registro de empresas del sector forestal (Resfor). Se explican, asimismo, los requisitos, condiciones y deberes que tendrán que cumplir para poder colaborar. En este caso, el plazo de presentación de solicitudes de adhesión de las entidades colaboradoras será de 10 días hábiles contados a partir de mañana, día siguiente al de la publicación de esta orden en el DOG. Las ayudas se convocan en concurrencia no competitiva.
Ayudas para explotaciones apícolas
Las ayudas para paliar las pérdidas de producción en las explotaciones apícolas consistirán en un pago a tanto global, con una cuantía de 20 euros por colmena declarada. Los beneficiarios serán los titulares de este tipo de explotaciones -excluidas las administraciones o entidades del sector público, así como las de autoconsumo- que tengan asentamientos apícolas en los ayuntamientos con más de mil hectáreas afectadas por incendios en el año 2022.
En este caso en concreto, el plazo para la presentación de solicitudes será de un mes a partir de mañana, día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. El procedimiento de concesión de estas ayudas se tramitará también en régimen de concurrencia no competitiva.
Enlace a la orden del DOG sobre castañares:
https://www.xunta.gal/dog/publicados/2023/20230526/AnuncioG0426-240523-0002_gl.html
Enlace a la orden del DOG sobre explotaciones apícolas:
https://www.xunta.gal/dog/publicados/2023/20230526/AnuncioG0426-240523-0004_gl.html