- El Diario Oficial de Galicia publica hoy la resolución por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento de concurrencia competitiva para la selección de dicha propuesta de aprovechamiento, en la que se incluyen otras tres aldeas modelo de Ourense
- La actividad principal a la que está dirigida es la ganadería en extensivo y los cultivos agrícolas complementarios a la explotación, así como de huerta, teniendo en cuenta también la plantación de frutales y castaños para la obtención de fruto
- Los interesados en poner a producir las tierras que componen estas aldeas modelo pueden remitir sus solicitudes en el plazo de 15 días naturales a contar desde mañana
El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica hoy la resolución de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural, dependiente de la Consellería de Medio Rural, por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento de concurrencia competitiva para la selección de propuestas de cara a el aprovechamiento de parcelas en las aldeas modelo de Herreros, en el ayuntamiento coruñés de Ames; y otras tres en la provincia de Ourense, la de Covelo, en Taboadela; de Cortegazas, en avión; y en Soutogrande, en la localidad de Vilariño de Conso.
En el caso de la aldea modelo de Herreros, en la zonificación se establece como actividad principal a ganadería en extensivo y los cultivos agrícolas complementarios a la explotación. Como actividades secundarias, los cultivos de huerta y leñosos, principalmente plantación de frutales y castaños para obtención de fruto, considerándose la mayores en toda la aldea y como actividad complementaria, el aprovechamiento apícola. Su superficie es de 9,83 hectáreas, distribuidas en 128 parcelas de 52 propietarios.
Por otra parte, en las aldeas modelo de Covelo, Cortegazas y Soutogrande el aprovechamiento principal también está vinculado a la ganadería en extensivo, complementándola con diferentes cultivos agrícolas y también leñosos, con especial atención al castaño para fruto. En la aldea de Soutogrande, en Vilariño de Conso, la mayores también se tendrá en cuenta a explotación apícola.
Presentación de propuestas
Hace falta añadir que podrán presentar propuestas de aprovechamiento las personas físicas y jurídicas, las administraciones públicas, las entidades sin personalidad jurídica y las personas trabajadoras autónomas. Para el ejercicio de su actividad, los solicitantes deberán disponer de las autorizaciones, permisos o #licencia administrativas preceptivas, estar inscritas en los registros públicos que sean pertinentes, y cumplir con cualquier otro requisito exigido por las disposiciones aplicables.
Cuanto a las propuestas, deben ajustarse a la normativa sectorial que resulte de aplicación en cada caso y a los proyectos de ordenación productiva aprobados para cada aldea modelo. El plazo para que la Xunta dicte resolución expresa y la notifique será de cinco meses, a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los interesados en poner a producir estas tierras tendrán un plazo de 15 días naturales para hacer llegar sus solicitudes, contados a partir de mañana.
Las aldeas modelo en Galicia
La Ley de recuperación de la tierra agraria de Galicia incluye las aldeas modelo cómo una de sus herramientas para la movilización de terreno infrautilizado. Nuestra comunidad cuenta con 21 aldeas modelo aprobadas y permitieron poner en valor 575 hectáreas, dentro de las 35.000 que se movilizaron desde lo 2020 gracias a las herramientas incluidas en @dito ley junto con las concentraciones parcelarias.
Todas estas aldeas modelo estarán en funcionamiento antes de que finalice el año para cumplir con el objetivo de fomentar la puesta en marcha de actividad agroganadera en tierras que se encuentran en estado de abandono o infrautilización, dinamizando los núcleos de las aldeas, favoreciendo el relevo generacional y fijando población en el rural. Esta norma, que también contempla otros instrumentos como los polígonos agroforestales, las agrupaciones de gestión conjunta o las permutas de especial interés agrario, contribuyen a la prevención y a la defensa contra los fuegos.
Enlace a la resolución en el DOG:
https://www.xunta.gal/dog/publicados/2024/20240315/AnuncioO90-060324-0001_gl.html.