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martes, abril 16, 2024

La Xunta incrementa hasta los 3 millones de euros las ayudas para la creación de superficies forestales con el objetivo de plantar hasta 1.500 de coníferas y frondosas

  • La finalidad de estas aportaciones es fomentar la primera forestación de tierras no agrícolas para favorecer el aumento de la diversidad y de la superficie arbolada, así como prevenir el riesgo de incendios
  • Entre las coníferas que se promueven se encuentran el pino del país y el silvestre, mientras entre las frondosas se encuentran el castaño, el roble, el ameneiro o el alcornoque

Santiago de Compostela, 25 de mayo de 2023.- El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica hoy la orden de la Consellería de Medio Rural por la que se modifica la dotación presupuestaria de la convocatoria de ayudas para la creación de superficies de forestales, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Galicia 2014-2020. Con esta ampliación de crédito incrementara en 2 millones de euros presupuesto inicial, pasando a disponer de un total de 3 millones de euros para la creación de superficies forestales.

Esta modificación presupuestaria de la ayuda de la Consellería de Medio Rural para la creación de superficies forestales con frondosas y coníferas permite incrementar la superficie de plantación en alrededor de 1.000 hectáreas, lo que supone un total próximo las 1.500 hectáreas de monte gallego en el marco de esta convocatoria.
La finalidad de estas aportaciones es fomentar la primera forestación de tierras no agrícolas con coníferas y frondosas, favoreciendo el aumento tanto de la diversidad como de la superficie forestal arbolada, al tiempo que se reduce el riesgo de incendios mediante la valorización de los terrenos forestales. Entre las coníferas que se promueven se encuentran el pino del país y el silvestre, mientras entre las frondosas se encuentran el castaño, el roble, el ameneiro o el alcornoque, entre otros.

Con estos fondos se subvencionan los gastos de plantación forestal y la puesta en marcha del área de defensa contra incendios forestales, es decir, la zona limpia de biomasa que protege estas nuevas plantaciones de posibles fuegos. Se incluyen también como subvencionables los gastos necesarios para el tratamiento de la vegetación preexistente, la preparación previa del terreno y la adquisición de planta.

Podrán beneficiarse de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas que sean titulares de los terrenos objeto de ayuda, mayoritariamente comunidades de montes vecinales en mano común pero también asociaciones y agrupaciones de propietarios particulares, cooperativas agrarias, proindivisos, comunidades de bienes o montes de varas. También las agrupaciones forestales de gestión conjunta, incluidas las sociedades de fomento forestal, que con la entrada en vigor de la Ley de recuperación de la tierra agraria de Galicia pueden solicitar el reconocimiento como agrupaciones forestales de gestión conjunta, con los derechos y ventajas que implica esta figura. Asimismo, pueden beneficiarse de las aportaciones propietarios particulares de manera individual.

Enlace a la orden del DOG:
https://www.xunta.gal/dog/publicados/2023/20230525/AnuncioG0426-160523-0002_gl.html

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