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jueves, mayo 2, 2024

El acuerdo con el Ministerio logra la mayor reducción fiscal de la historia para agricultores y ganaderos

  • El BOE publica hoy –en los términos negociados en el acuerdo firmado por UPA con el Ministerio de Agricultura– la orden de rebaja fiscal para los agricultores en régimen de módulos del IRPF. El ahorro para el sector será de 1.750 millones de euros, el mayor de la historia

El acuerdo firmado por UPA con el Ministerio de Agricultura el pasado 3 de abril recogía varias medidas orientadas a reducir la presión fiscal sobre los agricultores y ganaderos españoles. En ese sentido, el BOE publica hoy la orden de reducciones fiscales para los agricultores y ganaderos acogidos al método de estimación objetiva, que supondrá una rebaja de la base imponible de unos 1.750 millones de euros, la mayor de la historia.

La Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos ha valorado muy positivamente la medida, que beneficiará a los cerca de 800.000 agricultores y ganaderos que tributan por el sistema de módulos. La reducción general del rendimiento neto será del 15%. Otros sectores, que sufrieron especialmente la climatología adversa de 2023, tendrán reducciones mayores, como el 80% para la castaña, el 50% para cereales, leguminosas, olivar y apicultura, y el 30% para uva de vinificación y sectores ganaderos en régimen extensivo.

Otra de las rebajas más interesantes será la del 35% del rendimiento neto por la adquisición del gasóleo agrícola y del 15% por la compra de fertilizantes. Además, como ya se estableció en la orden HFP/1172/2022, se revisa para el ejercicio 2023 el tratamiento tributario de las ayudas directas desacopladas de la Política Agraria Común, de manera que su tributación en proporción a los ingresos de la explotación se condiciona a la obtención de un mínimo de ingresos en la actividad distintos del de la propia ayuda directa, estableciéndose la exención de los ecorregímenes.

El índice corrector por cultivos en tierras de regadío que utilicen energía eléctrica se reduce a 0,75. Además, se mantiene la reducción del índice aplicable a las actividades ganaderas que alimenten el ganado con piensos y otros productos adquiridos a terceros, siempre que representen más del 50% del importe total de la alimentación animal. El índice único para todos los sectores ganaderos será del 0,50

Reducción de índice para todas las Comunidades Autónomas*

Sectores agrícolas
Cereales
de 0,26 a 0,13
Leguminosas
de 0,26 a 0,13
Productos del olivo
de 0,26 a 0,13
Frutos secos: castaña
de 0,26 a 0,05
Uva para vino de mesa con DO
de 0,32 a 0,22
Uva para vino de mesa sin DO
de 0,26 a 0,18
Sectores ganaderos
Apicultura
de 0,26 a 0,13
Bovino de carne extensivo
de 0,13 a 0,09
Bovino de cría extensivo
de 0,26 a 0,18
Ovino y caprino de carne extensivo
de 0,13 a 0,09
Porcino de carne extensivo
de 0,13 a 0,09
Porcino de cría extensivo
de 0,26 a 0,18

* En algunas CC.AA. puede haberse establecido un índice inferior (ver detalle en la orden) y otras reducciones adicionales.

 

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